lunes, 12 de mayo de 2008

Análisis metodologias fiscales y finacieras para el ajuste por inflación establecidas en la ley de impuesto sobre la renta

En el artículo del profesor Víctor Molina hace referencia a la necesidad de ajustar los estados financieros básicos por efectos de la inflación, como solución para impedir que las empresas tomen decisiones equivocadas al decretar dividendos en efectivo sobre utilidades irreal, es decir utilidades históricas, las cuales no señalan la perdida de poder adquisitivo del dinero en un país con una economía inflacionaria. La declaración de principios de contabilidad numero 10, en el año 1996 era opcional, pero a partir de los ejercicios económicos iniciados en Enero de 1997, es obligatoria y se registra en una cuenta llamada resultado monetario del ejercicio económico (REME), el fruto positivo o negativo que la inflación genera en la empresa, esta cuenta es parte del estado de resultado y se presenta dentro del costo integral de financiamiento.

El gobierno nacional a través de la ley de impuesto sobre la renta establece el ajuste por inflación, con el propósito de que el contribuyente pague su impuesto sobre la base real y no una base ficticia, este ajuste es anunciado en el año 1991 y se efectúa en dos fases, la primera se le denomina “ajuste inicial por inflación” y la segunda ajuste regular. La idea y la ocasión en que deben utilizarse tales ajustes fiscales son distintos y no deben hacerse el ajuste regular, sin antes haberse hecho el ajuste inicial. Es fundamental recalcar que ninguna entidad podrá efectuar el ajuste regular, sin antes llevar a cabo el ajuste inicial, el cual causara para la empresa una revalorización en el patrimonio y el pago de un tributo del 3% sobre la revalorización ya mencionada. El efecto inflacionario que se fue presentando en el país y que se conserva vigente, ha manipulado las cifras presentadas en los estados financieros y los hace irrealizable de comparar en el tiempo, en consecuencias estos se encuentran formados por monedas de diferente poder adquisitivo, distintos tamaño. El impacto en los estados financieros es resultado de el alza de los precios en los bienes y servicios es esencial, pues al mismo tiempo que la utilidad que obtiene una empresa a través de sus ventas, pierde poder adquisitivo. Las mercancías adquiridas se protegen del efecto inflacionario. Es decir conservan su capacidad de compra.

La norma exige la incorporación de los efectos de la inflación en los estados financieros, es decir la pérdida de poder adquisitivo del dinero. Las normas internacionales de contabilidad (NIC) y los manifiestos profesionales de los países con niveles de inflación alta, es vital que los estados financieros expresen el efecto inflacionario (información reexpresada), pues la perdida del poder adquisitivo del dinero modifica la posición patrimonio de la empresa, por razones no atribuibles a la intervención de las empresarios, ni a la política industrial que estos enmarcan en sus negocios. La gran parte de los países exigen que la información ajustada por efectos de la inflación se presente como única. En el caso venezolano, la información reexpresada es única a partir del año 1996, tanto porque así lo ordena la los principios de contabilidad generalmente aceptados, pronunciados por la federación de colegios de contadores públicos de Venezuela, como por la comisión nacional de valores (CNV).

Es fundamental marcar que cuando se estableció en Venezuela la presentación de los estados financieros reexpresados (1993), los mismos eran agregados a los estados financieros históricos. De manera similar, el gobierno venezolano a través de la ley de impuesto sobre la renta del año 1991, incluía los efectos de la inflación como corrección monetaria para ajustar la renta gravable. El principio empleado de esa ley era que se podría incidir en el error de gravar el propio capital del contribuyente si no se tomaba en cuenta los efectos de la inflación y permitir que no paguen impuestos los contribuyentes que por el contrario beneficiaran la inflación. La inflación es un aspecto asociado con la masa monetaria. Se produce cuando no hay balance entre bienes y servicios que produce un país, la masa monetaria que circula en el mismo. La inflación es considerada, por la mayoría de los estudiosos en la materia, un fenómeno de naturaleza netamente económico, pero su peso supera el ámbito de la economía. El impacto social en Venezuela ha sido bastante grave, donde los mas perjudicados son los trabajadores de inferiores ingresos, quienes deben gastar la gran parte del mismo en la adquisición de alimentos, que según los índices de precios del consumidor, son los bienes que mayor incremento han mostrado. Los procesos inflacionarios como ya se expresó están asociados a los excedentes monetarios, es decir cuando la tasa de crecimiento monetario es superior a la tasa de crecimiento del producto o cuando existe demasiado dinero en la búsqueda de pocos bienes y servicios en una economía. El ajuste por inflación puede hacerse bajo la metodología fiscal y la metodología financiera, dentro de la metodología fiscal financiera existen dos métodos, el nivel general de precios y el método mixto. En ambas metodologías existen semejanzas como son los costos históricos, miden el poder adquisitivo y por ende la inflación, el índice general de precios del consumidor en el área metropolitana publicado por el BCV, así mismo deben llevar libros en el caso fiscal uno especial y el financiero los establecidos por el código de comercio.

Del estudio hecho en cuanto las principales diferencias entre un método y otro, en la metodología financiera ajusta tanto el balance general como el estado de resultado midiendo el costo integral de financiamiento, la metodología fiscal no afecta el estado de resultado, pues su efecto se da en la utilidad fiscal o enriquecimiento neto gravable, lo que resulta de ajustar los activos y pasivos no monetarios. Junto al patrimonio y su saldo dependiendo si es deudor o acreedor significara un aumento o disminución de la utilidad fiscal. En la metodología financiera se ajustan partidas monetarias y no monetarias (cuando se presentan estados financieros comparativos), en la metodología fiscal las no monetarias.

lunes, 5 de mayo de 2008

Redondeo, billetes per cápita, efectos psicologicos y reconversión monetaria en Venezuela

El articulo de Ronal Balza habla de lo que va ha ser la reconversión monetaria a partir del 01/01/08 que entrara en vigencia el Bolivar fuerte que es la eliminación de tres ceros a la unidad monetaria y el nuevo cono monetario que va estar conformado por 7 monedas y 6 billetes, la finalidad de esto es fortalecer la moneda y darle un realcé a la misma ya que nos últimos años la moneda se ha devaluado, así como también disminuir el numero de billetes en circulación que existe por ejemplo en la actualidad para tener 500mil bolívares son necesario 10 billetes de 50mil bolívares con el nuevo cono monetario serán 5billetes de 100 bolívares fuertes es decir se reducirá en la mitad. Se dice que este cambio va generar en la población un impacto psicológico, ya que muchas personas por no comprender de lo que se trata este cambio van ha pensar que tienen va ha perdido valor por ejemplo si tiene 100millones de bolívares en una entidad bancaria, cuando se de inicio a la reconversión va tener 100mil bolívares fueres por lo tanto la persona va creer que ha perdido dinero pero la verdad es que tiene el mismo valor, lo que pasa es que se divide entre 1000 la unidad monetaria para manejar cifras mas reducidas.

En la reconversión monetaria se comenta como va ser la condición de no redondeo, para que el redondeo no sea un uso continuo, es primordial que el monto en bolívares expresado en una denominación sea menor o igual al monto expresado en las denominaciones inferiores. A partir de una investigación es realizable fijar una condición de no redondeo, como una exigencia minúscula para asegurar la disponibilidad de transformación entre todas las denominaciones. El monto en bolívares disponible en una denominación debe ser igual al monto en las denominaciones inferiores, este inicio es autónomo de la escala en la que se exprese cada denominación, es decir es independiente del numero de ceros de la unidad de cuenta o de la existencia de monedas fraccionarias.

La condición de no redondeo es un grupo de ecuaciones que se obtiene mediante un método recursivo, cuyo fin es determinar el numero de piezas de cada denominación en función de la menor de todas, de modo que se asegure cambio exacto para cada denominación. La realidad o no existe suficiente modificación para todas las denominaciones puede inducir en los principios de fijación de precios para transacciones detal, reduciendo la probabilidad de redondeo forzoso. Los precios psicológicos son los que tienen como último digito él número 9, según la idea de distracción lógica, los consumidores dan mas valor a los primeros dígitos de precio que al último, en la primera parte de ese articulo se ha argumentado que la complicación para realizar pagos exactos no depende del numero de ceros de la unidad monetaria sino de la disponibilidad de suficientes piezas de baja denominación.

Así mismo, se sostuvo que la fijación de precios por parte de los vendedores al detal tiene en cuenta las denominaciones existentes y su disponibilidad relativa, por lo que no se ha demostrado suficientemente que el redondeo sea actualmente un punto grave para solucionar. Aparte de ello, la conformidad de emitir monedas de menos de Bs. 250 (BsF 0.25), en la situación de bienes que se adquieren en abastos, bodegas, supermercados etc, la falta de monedas de baja denominación es relativamente menos importante a medida que el monto de la compra se hace mayor.

Al fomentar la reconversión monetaria, Sanguino afirma que se alcanzara una mayor credibilidad en la moneda nacional. Así mismo reconocen que el cambio de moneda sobre la inflación efectiva es complejo aun utilizando técnicas avanzadas. Aun cuando el presidente del BCV en cadena nacional manifestó que los precios relativos no serán afectados por la reconversión monetaria es fundamental tener en cuenta que los precios relativos de los alimentos han incrementado en los últimos años y no hay motivos para que no siga ocurriendo. Con o sin reconversión monetaria actualmente no parece que hubiera argumentos para sostener que los precios relativos se mantendrán fijos por tiempo indeterminado luego del 01/01/08. El punto de referencia de los consumidores con respecto a los precios depende de las causas que atribuyan la inflación